Estatutos

Estatutos de la asociación "Fraternitas Humana" (nueva versión, válida a partir de la reunión de la asociación el 1 de septiembre de 2021)

Art. 1 Nombre
1 Bajo el nombre "Fraternitas Humana" existe una organización sin ánimo de lucro en el sentido del art. 60 ss. del Código Civil suizo con domicilio social en Solothurn.
2 Es neutral desde el punto de vista político y confesional.

Art. 2 Finalidad y objetivo
1 "Fraternitas Humana" persigue objetivos exclusivamente humanitarios en Perú.
2 "Fraternitas Humana" presta apoyo financiero y organizativo a la organización benéfica para niños "Fraternitas del Perú" en Casma y también exige que se rindan cuentas sobre el uso de los fondos donados.

Art. 3 Medios
1 Los fondos necesarios para cumplir los fines de la asociación se recaudan a través de las cuotas de los miembros, donaciones, patrocinios, legados y el compromiso personal de los miembros.
2 Las cuotas de afiliación también pueden consistir en una contribución laboral.

Art 4 Afiliación
1 Podrán ser miembros de la Asociación las personas físicas y jurídicas.
2 El Comité Ejecutivo decide sobre la admisión de nuevos miembros.
3 Todos los miembros tienen los mismos derechos de voto en la reunión.
4 La afiliación puede cancelarse en cualquier momento, siempre que el afiliado haya cumplido todas sus obligaciones.
5 Un miembro puede ser excluido por resolución del Comité Ejecutivo sin indicar los motivos.

Art. 5 Asamblea General
1 La Junta General Ordinaria de la Asociación se celebra anualmente.
2 La reunión es convocada por la Junta Directiva, el Presidente.
Se convoca una junta general extraordinaria como se ha indicado anteriormente o si diez miembros solicitan que se convoque.
3 La reunión debe convocarse por escrito al menos 3 semanas antes de la fecha de la reunión, indicando los puntos del orden del día.

Art. 6 Funciones de la junta general ordinaria
La junta general ordinaria se encarga de
1 Aceptación del informe de actividades, las cuentas anuales y el informe de auditoría,
2 la aprobación de la gestión de los órganos de la Asociación,
3 Determinación de la cuota anual de los miembros y aprobación del presupuesto,
4 Autorización de inversiones y obligaciones que superen los gastos de funcionamiento normales (cuatro veces los gastos de funcionamiento mensuales normales), así como enajenaciones (ventas/donaciones) de los activos de la Asociación,
5 Elección del Consejo de Administración y del auditor,
6 Resolución de todos los asuntos presentados por el Consejo de Administración,
7 Propuestas al Consejo de Administración,
8 Modificación de los estatutos,
9 Regulación de la autorización de firma,
10 Destitución de los órganos ejecutivos.

Art. 7 Procedimiento
1 Mociones: Las mociones sólo podrán ser examinadas por la Junta General si se presentan por escrito al Consejo de Administración a más tardar 14 días antes de la fecha de la Junta General.
2 Resoluciones: Cualquier asamblea general de la Asociación debidamente convocada constituirá quórum. Las resoluciones son vinculantes para todos los miembros.
3 Elecciones y votaciones: Las elecciones y votaciones se decidirán por mayoría absoluta de los miembros de la Asociación presentes. En caso de empate, el voto del Presidente será decisivo.

Art. 8 Consejo de Administración
1 El Consejo de Administración está compuesto por un mínimo de tres miembros.
2 El mandato es de tres años. Es posible la reelección.
3 El Consejo de Administración se constituye por sí mismo.
4 El Presidente preside la Junta General.
5 El Consejo de Administración es responsable de los asuntos cotidianos y representa a la Asociación en el exterior.
6 El Consejo de Administración tiene todos los poderes que no estén expresamente reservados a la Junta General.
7 Cada cinco (5) años, el Consejo de Administración presenta a la Agencia Tributaria del Cantón de Soleura un estado financiero anual aprobado y un informe de actividades que ha sido auditado por la oficina de auditoría.
8 El Consejo de Administración notificará a la Agencia Tributaria del cantón de Soleura cualquier cambio en el Consejo de Administración.

Art. 9 Órgano de control
1 La Comisión de Auditoría está compuesta por un auditor.
2 El mandato es de 3 años. Es posible la reelección.
3 El organismo de auditoría auditará los estados financieros anuales y el balance e informará a la Junta General Anual.

Art. 10 Responsabilidad
1 El pasivo de la Asociación está cubierto principalmente por el activo de la misma.
2 Los miembros son responsables de las obligaciones de la Asociación hasta un máximo de la cuota anual.

Art. 11 Modificación de los estatutos
1 Las modificaciones de los Estatutos requieren la aprobación de dos tercios de los miembros de la Asociación presentes en la Asamblea General ordinaria.
2 Las adiciones y modificaciones de los estatutos deben comunicarse a la Agencia Tributaria del cantón de Soleura.

Art. 12 Disolución
1 La disolución de la Asociación requiere la aprobación de dos tercios de los miembros de la Asociación presentes en la Asamblea General.
2 En caso de disolución de la Asociación, los excedentes de liquidación deberán transferirse a una organización exenta de impuestos y sin ánimo de lucro con los mismos o similares objetivos.

Art. 13 Entrada en vigor de los Estatutos
1 Los presentes Estatutos entrarán en vigor tras su aprobación por la Junta General Anual el 1 de septiembre de 2021.
2 Sustituyen a las de 18 de mayo de 2004.

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